La división y partición de un inmueble es un procedimiento que pueden realizar los copropietarios de un inmueble; sin embrago es necesario conocer los fundamentos legales.
En el Código Civil Peruano utiliza de manera indistinta las palabras «partición», «división» y «división y partición». Las palabras partición y división son sinónimas. Sin embargo, se utiliza usualmente la expresión «división y partición». En esta nota te lo explicamos.
¿Qué es la división y partición de un inmueble?
La división y partición de un inmueble se relaciona con el concepto de “copropiedad”. La copropiedad significa que un mismo predio tiene como titulares a diversos dueños, y conlleva como uno de sus fundamentos la existencia de armonía entre los copropietarios; sin embargo, cuando esta armonía desaparece, se pierde la razón de ser de la copropiedad y por ello cualquiera de los copropietarios puede solicitar la división del bien inmueble común.
Por ello, la acción de división y partición está dirigida a extinguir la copropiedad de un bien inmueble entre los copropietarios.
El Código Civil Peruano precisa lo siguiente:
“Artículo 983. Por la partición permutan los copropietarios, cediendo cada uno el derecho que tiene sobre los bienes que no se le adjudiquen, a cambio del derecho que le ceden en los que se le adjudican”.
Asimismo, la división y partición implica un acto traslativo de dominio que puede ser realizado en forma convencional, arbitral o judicial. De este modo, cada propietario cede los derechos que tiene sobre los bienes que no se le adjudican a cambio del derecho que le conceden los demás propietarios, sobre los bienes que sí se le adjudican.
Tipos de procedimiento de partición de un inmueble
– División Convencional
Es realizada por los copropietarios, quienes dan su consentimiento en que el estado de copropiedad se extinga y que a cada uno se le adjudique una parte del bien. Se rige por la autonomía privada.
– División Arbitral
Se da cuando las partes deciden someter su litigio en torno a la partición y división del inmueble ante un tercero que vendría a ser el árbitro comprometiéndose a acatar su decisión.
– División Judicial
A diferencia de los anteriores, el litigio en torno a la división y partición se da porque los copropietarios no acuerdan hacer la división y partición privadamente, entonces es sometido a proceso judicial.
¿Cuándo procede la partición de un inmueble?
Mediante la partición el bien común se divide en tantas partes materiales cuantos copropietarios hayan, las que son atribuidas en propiedad a cada copropietario o, si física o jurídicamente no es posible la división, se adjudicará el bien a los copropietarios que lo deseen, con la debida contraprestación, o se atribuirá a cada copropietario la parte proporcional del precio obtenido con su venta.
En el caso que que un bien haya sido adquirido por un grupo de personas, (naturales o jurídicas) que han adquirido por derecho hereditario “los copropietarios” y acuerdan poner fin a esa situación de copropiedad, es decir acuerdan dividirse el bien, es necesario que todos estén de acuerdo, para realizar el trámite ante una notaría.
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