La Lesión Inmobiliaria es la acción ejercida por la persona afectada en una transacción inmobiliaria, cuando exista una desproporción mayor de las 2/5 partes, es decir 40%, entre las prestaciones económicas al momento de realizarse el contrato, y siempre que resulte del aprovechamiento por uno de los contratantes de la necesidad apremiante del otro.
Esta figura jurídica, tiene como eje la compra de propiedades por debajo del mercado inmobiliario, implica la existencia de los siguientes elementos:
Elementos subjetivos
– Estado de necesidad
Probar el estado de necesidad es sumamente difícil, ya que implica “demostrar”, en base a la buena fe (comportamiento y creencia), la necesidad apremiante que tenía la persona con la que realizó el contrato.
– Aprovechamiento
Requiere de evaluar la propuesta de la compra de un departamento a un costo muy bajo, según lo considerado en el estado de necesidad.
Elemento objetivo de la lesión inmobiliaria
1) Desproporción entre las prestaciones (la diferencia entre el valor del departamento y el precio pagado es de s/ 42,000, más del 40%).
En esta compraventa concurren el elemento objetivo y los dos elementos subjetivos, por lo que procede la acción por lesión. La operación matemática para establecer el elemento objetivo es:
Valor del departamento x 2/5 partes:
S/ 100,000 x 2/5 = S/ 40,000 (Es el valor de las 2/5 partes)
S/ 100,000 (5/5 partes) – 40,000 (2/5 partes) = 60,000 (las otras 3/5 partes)
Entre S/ 100,000 y S/ 60,000 hay una diferencia de 2/5 partes. Para que la diferencia entre el valor del bien (S/ 100,000) y el precio supere las 2/5 partes, el precio de venta debe ser menor de 60,000, lo que sucede en el ejemplo al haberse pagado la suma de 58,000 (la diferencia entre el valor del bien y el precio pagado es de S/ 42,000, más de las 2/5 partes de S/ 100,000).
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